Desde que la Inquisición tuvo competencias para perseguir la sodomía, se tardó casi 100 años en ejecutar a dos reos culpables de sodomía.
Escudo de la Inquisición. S XVIII, Girona Museu d'Arqueologia de Catalunya.
Cuando las autoridades querían actuar contra un supuesto sodomita, debían acudir a los fueros locales como el de Tortosa, o a las viejas leyes decretales del Papa, del siglo XIII. El emperador Carlos, deseoso de poner a su servicio a la justicia de los territorios de la Corona de Aragón, arrancó del Papa Clemente VII la bula por la que la Inquisición era competente en perseguir la sodomia en la Corona de Aragón. En Castilla las autoridades civiles eran competentes.
Pero esta bula de 1524 señalaba que los procesos judiciales debían realizarse de conformidad con las costumbres y constituciones de cada país.(Juxta leges secuales vel municipalia statuta). La realidad fue que los casos juzgados por la Inquisición, cuando pasaban al brazo secular, este ponían pegas en validar las sentencias. Por eso apenas se ejecutó a nadie en Barcelona durante estos 300 años.
Felipe II de Castilla intentó cambiarlo, obligando a introducir en las Constituciones de Cataluña la pena capital contra los sodomitas, pero las desavenencias entre tribunales siguieron sin variación. De hecho ni el Decreto de Nueva Planta de 1716 solucionó el conflicto, los Capitanes Generales de Catalunya no fueron proclives a las sentencias inquisitoriales.
Pero en 1609 dos hombres entregados al brazo seglar para su relajación (1) acabaron ejecutados. A diferencia de otros casos, el Tribunal del Santo Oficio pregunta al Consell Suprem que debe hacer frente a dos casos de sodomia y un tercero de bestialismo, La respuesta fue “Qué se haga lo que la última vez”
Y a diferencia de otros casos, los tres reos y otros tres casos, fueron citados al Palacio Reial (Saló del Tinell) para dictar sentencia. Los tres primeros sufrieron sentencia de muerte y los otros tres condenas de latigazos (azotes).
Esta sentencia está en catalán, normalmente las sentencias del Santo Oficio eran en castellano, pues consideraban esta lengua la más cristiana por encima de las demás, fuera el latín o el catalán. Desde finales del siglo XV la quema de reos en Cataluña estaba prohibida, por lo que estos tres reos fueron estrangulados y luego sus restos quemados ( stranguentur et eorum corpora comburantur et in cinerres convertantur )
Uno de los reos era ermitaño, el Santo Oficio no los consideraba clérigos, por lo que las sentencias eran con la misma dureza que las demás. Era ermitaño de Santa Magdalena de Prades, Tarragona. El otro era un patrón de una galera de Nápoles, la gente del mar eran siempre presuntos sospechosos de sodomía. Los tres fueron ejecutados junto a un campesino de VIc, acusado de yacer con los caballos.
El patrón napolitano fue acusado de acostarse con los grumetes de su galera. A estos los azotaron, él acabó pagando con su vida.Al ermitaño lo acusaron ya muy mayor, 80 años, y por actos muy antiguos de los que hubo 7 testigos: “durmiendo con el reo, se encontró que ya dormido, el ermitaño había metido su miembro por su sieso y en parte trasera, sin saber si había dejado simiente dentro” Curiosamente se enteró muchos años después,
eufemismo que significaba ejecución.
BIBLIOGRAFÍA
Riera i Sants, Jaume. Sodomites Catalans, Editorial Base.